El gobierno en las Hermandades y Cofradías

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Regla 42ª.

  1. El Cabildo General es el máximo órgano de gobierno de la Corporación. Lo componen, con voz y voto, todos los hermanos con … (16/18) años de edad y con uno al menos de antigüedad en la Hermandad / Cofradía.

Regla 46ª.

  1. Corresponde al Cabildo General, como órgano soberano de la Corporación, tener la máxima autoridad y control sobre toda clase de asuntos con ella relacionados.

CAPÍTULO V
DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Regla 55ª.

  1. En caso de urgencia deberá adoptar, bajo su responsabilidad, las medidas que sean necesarias para el mejor cumplimiento de los fines de la Corporación, dando cuenta inmediata al Cabildo, para su ratificación, si los acuerdos o medidas exceden de sus competencias.

Tres reglas bastan en la Diócesis malagueña, para entender cómo y quién manda en una Hermandad o Cofradía: muy por encima del hermano o hermana mayor está el Cabildo General y a éste debe darse cuenta de todo cuanto la Junta de Gobierno, la Permanente o el Hermano Mayor decida, máxime cuando se traten gastos y/o aspectos económicos o patrimoniales.

Normalmente suelen pasar desapercibidas las reglas anteriormente citadas, hasta el punto, de observar que la mayoría de hermandades o cofradías, o mejor dicho, las Juntas y Hermanos/as Mayores, hacen y deshacen a sus anchas, escudándose en casi la totalidad de los casos, en la poca o escasa participación de los hermanos en los cabildos. Excusa que hoy día carece de fundamento pues, el ARTÍCULO 3. DE LA CONSTITUCIÓN DEL CABILDO en su Regla 45ª aclara cómo ha de procederse ante la falta de quorum mínimo.

Provoca tristeza ver cómo los representantes de las corporaciones, con el paso de los años en el mandato, tienden a perder la visión, cegados en ocasiones por la malquerencia y respaldados por la inacción de la mayoría de los hermanos. Atrocidades de todo tipo: ingentes gastos en cuestiones secundarias, contratos cuestionables, compra de enseres inútiles, y así podríamos enumerar una larga lista de voluntades personales que nunca se han puesto en conocimiento del Cabildo General para evitar que el Hermano/a Mayor “haga lo que le venga en gana”.

Consulta el modelo de Estatutos de la Diócesis de Málaga: Ir

Por Eva García. Colaboradora.

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